Derechos Laborales

Protección de los informantes internos

Nuestros lugares de trabajo, tiendas, residencias de ancianos, hospitales y oficinas ejecutivas están protegidas en gran medida por empleados que valientemente cooperan y advierten a la gerencia o a las fuerzas de seguridad exterior sobre la falta de ética o conducta ilegal en el lugar de trabajo.  Otras personas pueden insistir en usar lo que es suyo por ley, indemnización laboral o la Ley de Licencia por Razones Médicas y Familiares (FMLA por sus siglas en inglés). Muchos empleadores aprueban este comportamiento, pero muy a menudo los empleadores responden con despido, traslado a un puesto de menor rango o acciones adversas contra el empleado. Las acciones adversas también incluyen transferencias no deseadas, reducción de compensaciones o acoso laboral. 

Nuestro bufete a menudo representa a informantes internos y demás personas que han hecho denuncias internas y sufrido daños.

Hay una amplia gama de leyes que pueden proteger a estos trabajadores, especialmente cuando se toman represalias en su contra por lo siguiente:

  • Denunciar salarios mínimos o violaciones respecto a horas extras;

  • Denunciar acoso sexual, discriminación ilegal o participar en un proceso discriminatorio;

  • Usar o solicitar un periodo de licencia conforme a la Ley de Licencia por Razones Médicas y Familiares;

  • Presentar una reclamación de indemnización laboral;

  • Solicitar un ajuste razonable por discapacidad;

  • Denunciar abuso en residencias de ancianos;

  • Denunciar fraude en el lugar de trabajo cometido en contra del gobierno federal o estatal (incluido el fraude en contra de Medicaid/Medicare);

  • Negarse a realizar actividades ilegales;

  • Denunciar problemas de seguridad en el lugar de trabajo;

  • Hablar con sus compañeros sobre cómo mejorar las condiciones de trabajo; o

  • Denunciar la falta de ética relacionada con varias leyes de seguridad o conducta fraudulenta.

Sin embargo, no todas las acciones adversas son represalia. Por ejemplo, si un empleado se queja sobre un supervisor que lo trata mal, y nada más que eso, la ley no protegerá al empleado.  Por esta razón, es importante consultar antes a un abogado para determinar si su denuncia o queja está protegida por la ley. 

Siempre estamos dispuestos a consultar a empleados antes de que hagan la denuncia interna para desarrollar una estrategia sobre cómo protegerse mejor en caso de que su empleador tome represalias en su contra. Cuando ha habido represalias, nuestro bufete se ha distinguido por representar a informantes internos y demás personas que han hecho denuncias internas y sufrido daños como consecuencia de ello.


Salarios no pagados y horas extras

La ley federal y estatal en todo el ámbito nacional protege un principio muy simple: un salario diario justo por una jornada laboral justa. La ley federal exige a todos los empleadores pagar como mínimo $7.25 (o más en estados como Nuevo México) por hora a todos los empleados por todas las horas trabajadas y 1.5 veces el salario regular por todas las horas trabajadas que superen las cuarenta horas semanales.

Los empleadores sin escrúpulos a menudo no cumplen con el pago del salario mínimo a través deducciones ilegales o clasificando empleados como contratistas independientes cuando en realidad son empleados.

Otros empleados tienen derecho a hacer horas extras, pero no se les paga una compensación adicional porque su empleador los clasifica indebidamente como empleados administrativos, ejecutivos o profesionales. 

Por último, los empleadores pueden violar su derecho a un salario mínimo forzando a los empleados que no reciben propina a usar un fondo común de propinas o tomar un pago por concepto de propinas cuando el empleado en realidad no recibe propinas. 

Nuestro bufete ha representado con éxito tanto empleados de bajos ingresos como muy bien remunerados en demandas judiciales individuales y colectivas de salarios mínimos y horas extras. También demandamos a terceros en nombre de demandantes colectivos.


Discriminación

Como empleados, nuestro trabajo define quiénes somos como individuos y brinda seguridad a nuestra familia y a nosotros mismos. Por esa razón, es importante garantizar que los trabajadores no sufren ningún tipo de discriminación ilegal o represalias. Tanto la ley federal como la estatal prohíben que los empleadores usen un “rasgo protegido” al tomar una acción adversa incluidos el despido, traslado a un puesto de menor rango, negarse a contratar o ascender, o acoso laboral. Específicamente, Nuevo México, Texas y la ley federal prohíben que lo empleadores tomen acciones en base a la siguiente información de un empleado:

  • Edad;

  • Género;

  • Orientación sexual;

  • Identidad de género;

  • País de origen;

  • Raza;

  • Discapacidad; y,

  • Religión.

Nuestro equipo está dispuesto a ayudarle a entender la discriminación laboral y proteger sus intereses establecidos conforme a la ley. Nuestro bufete tiene una larga trayectoria exitosa en la representación de empleados de todos los orígenes en acciones discriminatorias desafiantes.

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Somos una firma con una amplia y profunda experiencia en la representación de empleados y miembros de la comunidad de todos los orígenes.